jueves, septiembre 19, 2024 - 1:35 pm
InicioOpiniónComentando...tu CiudadLa SCJN da puñalada trapera a pensionados del IMSS

La SCJN da puñalada trapera a pensionados del IMSS

 

*Un “Ministro” en retiro recibe casi 259 mil pesos mensuales de pensión

Por Luis Repper Jaramillo*

[email protected]

Lejos de representar/defender  los intereses de la sociedad, del trabajador, del mexicano que más lo necesita, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desestima e ignora los derechos de millones de empleados (afiliados en el IMSS) que por una decisión del más alto tribunal de (in)justicia,  pone en riesgo un derecho que por más de 30 años de servicio, tiene el jubilado.

Durante su edad productiva el trabajador aportó, le quitaron, ahorró para vivir su vejez con tranquilidad y con un ingreso (pensión) seguro. Sin embargo, Ministros de la Corte le dan una puñalada trapera y toman una decisión atentatoria a los intereses y derecho de personas de la tercera edad.

La decisión impacta directamente en la calidad de vida del anciano, su esposa (o) y sus bienes, porque en la planeación del resto de su vida, el jubilado la calcula de acuerdo al ingreso mensual que el IMSS le da, de acuerdo a su tabulador de semanas cotizadas. Pero el trabajador en retiro no contaba con la apuesta de los Ministros que ganan millones de pesos anuales –sólo de nómina- sin considerar sus bonos, prerrogativas, gastos de representación, aguinaldos, efectivo para alimentos fuera de casa, de despensa, auto y gasolinas gratis, celulares con llamadas a cargo del erario público… y mucho más, de que a partir de 2017, por disposición de la SCJN recorta pensiones del IMSS. En riesgo, retiro de 25 salarios mínimos

Trabajadores con derecho a acogerse a la Ley de 1973 perderán juicio si demandan al Instituto en busca de una jubilación mayor a diez salarios mínimos, debido a una jurisprudencia de la Corte.

En su resolución, inapelable ya, los togados o burócratas divinos, millonarios e insensatos dispusieron; “el límite superior de veinticinco veces el salario mínimo, previsto en el artículo 33 de la abrogada Ley del Seguro Social (de 1973), está vinculado para las prestaciones en los seguros de enfermedad general y maternidad. El límite superior de diez veces el salario mínimo regirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte”, así de sencillo.

Si el trabajador elige  el régimen del 73, un millón de jubilados, que ganan más de 10 salarios mínimos diarios (730 pesos al día; 21,912 pesos al mes), tendrá que rogar que el  empleado del Seguro Social con quien inicie su trámite calcule su pensión considerando su ingreso real, topado a 25 salarios mínimos (1,826 pesos diarios; 54,772 pesos al mes), para cobrar una mensualidad completa, digna, significativa, por la que trabajó un tercio de su vida.

Más aún, la sentencia del “máximo tribunal de (in)justicia del país” señala, “en la jurisprudencia se determina que al elegir el régimen de 1973, el cálculo de la pensión debe apegarse a los artículos contenidos en la misma, por lo que el tope máximo que debe utilizarse para el cálculo de las pensiones debe ser de 10 salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México”. ¡Zaaas!  Ni cómo defenderse el trabajador, la Tremenda Corte, ya sentenció.

Dice el refrán mexicano “el buen juez por su casa empieza”, es decir, ser ejemplo de moralidad, ética, dignidad, decencia, pero esta vez, por la decisión de topar a 10 y no 25  salarios mínimos al día la pensión, estos jueces (Ministros) se hicieron justicia (a su favor) por propia mano, ignorando la miseria de mesada que el obrero de mini salario obtendrá, cuando más, 3 mil pesos.

Para no tejer en el desierto, déjenme les expongo lo que los togados jubilados reciben al mes de pensión –dinero que los mexicanos contra nuestra voluntad aportamos, vía impuestos- y no sólo eso, además beneficios que ni el ISSSTE, Hacienda, etc. dan a conocer, pero que los Ministros cobran.

Por ejemplo, los ex togados Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza tienen una pensión vitalicia (hasta que mueran) de 258 mil 679 pesos mensuales, más 130 mil (al año) de apoyo en gastos de alimentación. ¡¡Que tal!!

Otro insulto, desde el primero de diciembre de 2009, cuando se jubiló de la Corte, su ex Presidente, Genaro Góngora Pimentel ha recibido como percepciones anuales netas, 13 millones 310 mil 947 pesos. En la misma situación se encuentra su colega, ex Ministro,  Mariano Azuela Güitrón.

No pierdan de vista que estos burócratas divinos, decidieron limitar la pensión del IMSS, a jubilados de salarios infinitamente inferiores a los suyos, pero no modificaron (aunque no pertenezcan al Seguro Social) su propia Ley para topar sus nada miserables pensiones.

Sigo con otras aberraciones de esta casta privilegiada. Los Ministros jubilados recibe cada uno pensión anual neta cercana a 2 millones de pesos. Todos,  retirados o jubilados, gozan además, de un chofer, automóvil y asistente personal vitalicio con cargo al presupuesto de la SCJN, aguinaldo de 40 días, Seguro de Gastos Médicos Mayores (no acuden al ISSSTE ¿cómo? eso es denigrante para ellos), seguridad permanente con personal del Estado Mayor Presidencial… y el colmo, les pagan comidas en restaurante, con dinero público. ¡Eeeh, que tal!!

Cabe precisar que el tope de jubilaciones y pensiones amplía la brecha de desigualdad social en México. Será un golpe a la clase trabajadora, que colocan en  indefensión a los futuros jubilados que contaban  con un ingreso superior para su retiro

Los dictámenes de pensiones sobre la base de hasta 25 salarios mínimos no podrán ser modificados pues significaría una indebida aplicación  retroactiva de la ley en perjuicio del trabajador.

Una posición alentadora que pretende tranquilizar a más de un millón de tramitantes de jubilación o pensión, la dio el Director General del IMSS, Mikel Arriola, quien precisó que “el Instituto tiene los recursos para pagar las pensiones de todos sus afiliados con un tope de 25 veces el sueldo mínimo —en los casos que corresponda—, sin importar si se jubilan bajo la Ley de 1973. No hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones y, preciso, que la jurisprudencia de la Corte, no interviene en los procesos administrativos del IMSS”

Bueno… al menos, de la mala noticia aprobada por la Corte, se ve una luz al final del túnel por parte del pagador de las pensiones; aunque no echemos las campanas al vuelo. Sugiero que a la hora de realizar el trámite pre o jubilatorio, el demandante debe tener mucho cuidado con las explicaciones y los documentos legales para detectar y exigir la corrección, en caso de que se consideren sólo los 10 salarios mínimos diarios y no los 25 como reza en  la Ley del 73.

De ser necesario, acompáñese de un abogado laboral para todo este vericueto, pues los burócratas del IMSS son muy mañosos y siempre buscan la forma de limitar o topar los beneficios para el trabajador a punto del retiro, cómo si escamotear dinero a la pensión le redituara en su salario, comisión o colusión con su jefe de departamento.

No firme documento alguno, si su abogado o usted detectan anomalías en la configuración del expediente. Por fortuna en la Delegación del IMSS en donde haga sus trámites existen oficinas de Asuntos Internos, Contralorías o Jefatura de Servicios para denunciar al empleado deshonesto; ahí deben atenderlo con probidad, diligencia y respeto. De lo contrario apóyese en las Redes Sociales, en algunos medios de comunicación para denunciar la eventual trampa.

Una vez más los Ministros de la Suprema Corte de (in)Justicia de la Nación, han fallado en contra de la ciudadanía, no permitamos que también en el IMSS nos apliquen la misma receta; son otros tiempos, hoy cuenta con la Internet, con algunos burócratas decentes que vienen combatiendo corrupción, infidelidad laboral, omisión o colusión con mandos superiores.

La pensión es su derecho, digna y honestamente ganada a lo largo de 30 largos años de trabajo, no permita que le limiten o trampeen ese dinero que será su riqueza para el resto de su vida de reposo. Recurso que compartirá con su pareja de toda la vida, es para ustedes.

Olvídese de hijos, nietos, nueras, yernos, ellos deben comprender, la riqueza acumulada en bienes muebles e inmuebles será la herencia que usted disponga, pero el dinero de su pensión es sólo para usted y su cónyuge.

La Corte si se despertó una mañana “para joder”  al trabajador jubilado del IMSS. “Las cosas malas tenemos que decirlas”, ¿entienden Ministros de la Corte?

*Miembro de la Academia Nacional de Periodistas de Radio y Televisión (ANPERT) y de Comunicadores por la Unidad (CxU)

POST RELACIONADOS

Nuevos post