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REFORMAS A LA LEY DE SALUD PROHIBEN LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA DE MÉDICOS Y ENFERMERAS, ADEMÁS DE OBSTACULIZAR EL LIBRE EJERCICIO DE SU PROFESIÓN

REFORMAS A LA LEY DE SALUD PROHIBEN LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA DE MÉDICOS Y ENFERMERAS, ADEMÁS DE OBSTACULIZAR EL LIBRE EJERCICIO DE SU PROFESIÓN

  • El personal médico y de la salud de nuestro país tienen derecho a ejercer en libertad su Objeción de Conciencia.
  • La iniciativa aprobada en Cámara de diputados amenaza gravemente con sanciones penales a los médicos objetores de conciencia.
  • No a la criminalización del derecho a la objeción de conciencia. Por la libertad de los profesionales de la salud.

/Pasaporte Informativo/

Con tal de legislar a favor del aborto y eutanasia, legisladores de Morena y sus aliados, pasan por encima de los derechos de los profesionales de la salud, al anular el derecho para negarse a participar en estos procedimientos, violando su Libertad de Conciencia establecido en la Constitución.

Además, el dictamen aprobado busca criminalizar y sancionar a quienes hagan valer este derecho en las instituciones de salud, puesto que, se contemplan sanciones civiles, administrativas y hasta penales, para los médicos y personal de enfermería que, “bajo la premisa de Objeción de Conciencia”, ocasionen retraso o entorpecimiento de los servicios de salud.

El derecho a la objeción debe ejercerse de manera libre y autónoma, de acuerdo con la situación, condiciones y restricciones de cada caso, atendiendo a las convicciones y principios del profesional de la salud; por lo que informarlo previamente sería una barrera que lo limitaría de manera desproporcionada. Afirmó Mario Romo, líder nacional de Red Familia.

Es preocupante que quieran incluirse barreras en la ley, para que la Objeción de Conciencia sea irrealizable, limitando la libertad de decidir y obstaculizando el libre ejercicio de la profesión a los médicos y personal de enfermería del Sistema Nacional de Salud Romo Gutiérrez agregó que el derecho a la Objeción de Conciencia es una manifestación de la voluntad del personal médico y de enfermería cuando entran en conflicto sus convicciones morales, éticas o religiosas; por lo mismo es atemporal, y no puede existir una manifestación previa, ya que depende de cada caso en la práctica médica.

Agregó que en la pasada pandemia, el personal médico tuvo una gran aportación a nuestro país y nuestras comunidades y su compromiso por salvar vidas, por lo que los legisladores tiene la obligación de garantizarles sus derechos, primero como personas y también como prestadores de servicios de salud.

Es importante mencionar que en México la libertad de conciencia se encuentra reconocida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.

Por lo anterior “Hacemos un llamado al Senado de la República, para que se incluya a médicos y enfermeras en el análisis de los proyectos de ley en esta materia, que se atiendan las verdaderas preocupaciones del gremio en un espacio de parlamento abierto, con el propósito de iniciar un diálogo y reflexión con todos los actores involucrados, incluyendo los colegios, federaciones y asociaciones de medicina”, puntualizó Mario Romo.

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