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IMPLEMENTA IPN MEDIDAS PARA PREVENIR RIESGOS SANITARIOS DURANTE ACTIVIDADES PRESENCIALES

IMPLEMENTA IPN MEDIDAS PARA PREVENIR RIESGOS SANITARIOS DURANTE ACTIVIDADES PRESENCIALES

Cada autoridad académica, servidor público e integrante de la comunidad politécnica deberá fomentar la prevención y el autocuidado ante COVID-19 

Se tomarán las acciones necesarias para enfrentar situaciones particulares para brindar servicio educativo encomendado

/Pasaporte Informativo/

El director general del Instituto Politécnico Nacional (IPN), Arturo Reyes Sandoval, dio a conocer las medidas para prevenir riesgos sanitarios que deberá adoptar toda la comunidad politécnica en el inicio de las actividades presenciales en todas las unidades académicas y administrativas. 
 
Las Disposiciones generales para el desarrollo de actividades presenciales en el periodo escolar 23-1 en el Instituto Politécnico Nacional https://bit.ly/3CdcLkD establecen las medidas obligatorias para todos los integrantes de la comunidad politécnica para brindar con calidad, los servicios educativos ofertados por esta casa de estudios. 

El objetivo es establecer un marco de referencia para las actividades presenciales, que facilite la respuesta oportuna a situaciones particulares de las dependencias politécnicas. 

En el nuevo ciclo escolar, y ante el desarrollo de las actividades de manera presencial, cada autoridad académica, servidor público e integrante de la comunidad politécnica fomentará la prevención y el autocuidado ante COVID-19, y deberá observar el marco institucional que rige las actividades académicas y administrativas. 

Cada dependencia politécnica tendrá la facultad de emitir los protocolos de seguridad particulares necesarios para salvaguardar la integridad de su comunidad, los cuales deberán ser presentados para su aprobación al Consejo Técnico Consultivo Escolar respectivo, o la instancia que corresponda de acuerdo con la estructura orgánica de cada una. 

De acuerdo con las nuevas disposiciones, en los casos que sea necesario ofertar actividades académicas a distancia, éstas deberán ser aprobadas por el Consejo Técnico Consultivo Escolar o la instancia equivalente, según corresponda, y se informará sobre su aplicación a la dirección de coordinación correspondiente. 

El personal académico y administrativo deberá atender la jornada laboral en su unidad de adscripción conforme a las normas establecidas una vez que se reiniciaron las actividades presenciales. 

Se dispondrá de un protocolo de desinfección diaria de áreas, superficies, objetos de contacto y de uso común, garantizando el funcionamiento de los servicios sanitarios y el suministro de los insumos necesarios para su operación, tales como jabón, agua, papel higiénico, entre otros. 

En cada dependencia se difundirán las medidas básicas de prevención y autocuidado, para asegurar que toda la comunidad cumpla el uso correcto, obligatorio y permanente del cubrebocas, cubriendo nariz y boca; evitar tocar ojos, nariz, boca y oídos; de ser necesario, lavarse y desinfectarse previamente las manos. 
Las disposiciones también contemplan los casos en que alguien presente síntomas y resulte con diagnóstico positivo, que haya estado expuesto a personas con COVID-19 o presente secuelas: deberá informar de inmediato a la Subdirección Administrativa o equivalente de su unidad de adscripción. 
 
Los estudiantes que presenten síntomas de COVID-19 durante su estancia en la unidad académica, deberán acudir de forma inmediata al servicio médico de su plantel, o a la instancia establecida por la dependencia politécnica cuando no se cuente con este, en donde se determinará las medidas que deberá aplicarse. En caso de que algún estudiante presente síntomas y se encuentre fuera de las instalaciones educativas, no deberá acudir al plantel y de inmediato solicitar atención médica. 
En caso de resultar con diagnóstico positivo, deberá enviar comprobante en el que especifique el nombre del estudiante y, en su caso los datos del padre o tutor, a los docentes con los que tome clases, así como a la instancia por el medio electrónico que la unidad académica determine para tal efecto. el comprobante será válido sólo si es emitido por algún establecimiento de salud público o privado. 

Los casos en los que se identifiquen actos de mala fe serán sancionados con base al marco normativo institucional. 

El personal académico que reciba por parte de un estudiante el comprobante de ser positivo a COVID-19, otorgará facilidades durante los siguientes siete días naturales para que no se vea afectado en su aprendizaje y evaluación.  

Las nuevas disposiciones dejan sin vigencia y efectos el Programa Escalonado Humano de Regreso a Clases (PEHRC) y el Plan Integral de Regreso a Actividades (PIRA) de cada unidad académica. 


Ambos programas establecieron en su momento las medidas de carácter general en los ámbitos académico, administrativo, tecnológico y de seguridad, para prevenir y mitigar los riesgos durante la emergencia sanitaria; así como atender la situación particular de cada unidad académica. 

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