sábado, noviembre 23, 2024 - 4:20 pm
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Analizará la legislatura iniciativa para garantizar adecuada entrega-recepción de ayuntamientos

Perfeccionar las disposiciones jurídicas de este proceso, es el objetivo de la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila
• Remitieron a comisiones otra propuesta del titular del Ejecutivo para regular el uso del sistema de localización y rastreo como beneficio preliberacional

0136c[1]

/Pasaporte Informativo/

0136b[1]La LIX Legislatura mexiquense remitió a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Legislación y Administración Municipal, la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal de la entidad presentada por el gobernador Eruviel Ávila Villegas, con el propósito de evitar que la inasistencia de alguno de los integrantes del ayuntamiento saliente o entrante obstaculice el acto de entrega-recepción.

La propuesta de reforma al artículo 19 de dicho ordenamiento, presentada a la Asamblea plenaria por el diputado Óscar Vergara Gómez (PT), secretario de la Directiva, establece que el síndico o primer síndico saliente será responsable de entregar, y el síndico o primer síndico entrante el responsable de recibir, y en ausencia de éstos, cualquier servidor público que designe el titular de la Contraloría Municipal, sin otra responsabilidad administrativa relacionada con el acto.

REGULAR LOCALIZACIÓN Y RASTREO COMO BENEFICIO PRELIBERACIONAL

0136a[2]Los diputados mexiquenses analizarán la iniciativa para regular el uso del sistema de localización y rastreo como beneficio preliberacional, a fin de garantizar la seguridad de la víctima y de los testigos que depusieron en su contra, toda vez que durante el tiempo que el sentenciado goce de la libertad condicionada permanecerá monitoreado a través de brazalete electrónico, además de abatir el hacinamiento de internos y facilitar su reinserción social.

La propuesta de reforma a los códigos Penal y de Procedimientos Penales, ambos del Estado de México, presentada por el titular del Ejecutivo estatal, precisa los requisitos para acceder al uso de brazalete, como son condicionar el mismo al pago de la multa y la reparación del daño, así como restringir el acceso del beneficio a los sentenciados por delitos graves o de alto impacto, y desde luego a las personas que se les ha revocado en otra ocasión.

0136c[1]Propone incorporar al tipo penal de desobediencia una sanción a quien infrinja la vigilancia electrónica a distancia, al intentar o lograr abandonar la demarcación territorial señalada por el juez.

Crea el capítulo XI denominado “Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo”, en el que se aclara que la prohibición de prerrogativas, sustitutivos o de la suspensión de la pena de prisión, no aplica solo para delincuentes reincidentes o habituales, sino también para delincuentes primarios.

Correspondió a la secretaria de la Directiva, diputada María Pérez López (Nueva Alianza), dar lectura al proyecto enviado a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia.

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